Este jueves 24 de mayo se publicó en Gaceta Oficial, número 39.929, la Resolución 039, mediante la cual se instrumenta el Sistema Integral de Control de Medicamentos (Sicm) y se establecen los lineamientos y criterios que rigen la emisión y registro de la Guía Única exigida para la movilización, seguimiento y control de medicamentos y otros productos farmacéuticos, destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en el territorio nacional.
Este sistema tendrá por objeto controlar y hacer seguimiento de la importación de la materia prima para la fabricación de medicamentos, la importación de productos terminados, los inventarios, la recepción y despacho en toda la cadena de comercialización o distribución de medicamentos registrados ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud y cualquier otra actividad vinculada a la materia.
Asimismo, busca generar los indicadores necesarios a las autoridades competentes para garantizar la disponibilidad continua y oportuna de los medicamentos en todo el territorio nacional.
De igual forma, para la movilización de medicamentos, destinados a la comercialización, se instrumenta la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control, cuyo formato y emisión se hará de conformidad con lo previsto en la mencionada resolución.
Para tramitar la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamento, los interesados deben estar registrado en el Sicm, para el cual deben tener obligatoriamente el registro sanitario emitido por el Ministerio de la Salud. Asimismo, para realizar la solicitud de registro deben acceder a la página Web www.sicm.gob.ve y seguir las instrucciones establecidas en el portal.
La guía tendrá una vigencia de siete (07) días contados a partir de la fecha y hora de su aprobación.
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